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Suprema Corte ordena al Inegi someterse al INAI

El fallo de hoy deberá poner fin a una disputa que lleva casi dos años

Agencia Reforma

CIUDAD DE MÉXICO.- El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) tiene que someterse a las órdenes del Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) en materia de transparencia.

Lo anterior aclaró hoy la Suprema Corte de Justicia al declarar infundada una controversia constitucional promovida por el Inegi en 2018, que cuestionaba las facultades del Inegi para revisar sus decisiones sobre acceso a la información.

El Pleno de la Corte consideró que la Constitución no contempla algún régimen de excepción para que otros órganos autónomos, como el Inegi, queden exentos de revisión del INAI cuando niegan o reservan información solicitada por particulares.

El fallo de hoy deberá poner fin a una disputa que lleva casi dos años, durante la cual el Inegi ha promovido al menos once controversias ante la Corte para impugnar órdenes de entrega de toda clase de información.

“Las decisiones del INAI no son una reglamentación o modulación del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (SNIEG), son el ejercicio de facultades que desde la Constitución le corresponden como órgano garante del derecho de acceso a la información”, afirmó el Ministro Alfredo Gutiérrez.

El Inegi alegaba que el INAI viola el artículo 26 de la Constitución, que le otorga la facultad exclusiva de normar y coordinar el SNIEG.

También sostenía que, ante una negativa inicial de entrega de información, el particular interesado tendría que impugnarla ante el mismo Inegi, mediante un recurso administrativo previsto en la Ley del SNIEG, y no ante el INAI.

Este es el tipo de recursos que existían en poderes y órganos autónomos, que se revisaban a sí mismos antes de la reforma Constitucional de transparencia de 2016, por la cual el INAI ahora tiene atribuciones para revisarlos a todos.

La votación en la Corte fue 6 contra 4, pero la minoría son Ministros que consideran que contra el INAI no proceden las controversias constitucionales, y por tanto no se pronunciaron sobre el fondo del asunto.

La Corte ya había desechado, la semana pasada, controversias del Inegi en las que se impugnaba la mera admisión a trámite en el INAI de recursos promovidos por solicitantes de información.

La controversia de hoy, en cambio, sí permitió entrar al fondo del tema, porque el Inegi cuestionaba dos resoluciones finales del Pleno del INAI.

La Corte tiene pendiente revisar otras controversias de órganos autónomos contra el INAI, entre ellos la Comisión Federal de Competencia Económica y la Fiscalía General de la República, que alegan que las órdenes de entrega de información invaden su ámbito de atribuciones.

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