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Sería legal portar 28 gramos de cannabis

Si las comisiones legislativas de la Cámara alta aprobaran el dictamen, el porcentaje permitido de posesión para el consumo lúdico pasaría de 5 a 28 gramos, aunque se autorizaría una posesión de hasta 200 gramos, bajo penalización.

Agencia Reforma

 CIUDAD DE MÉXICO.-El anteproyecto modificado del dictamen alusivo a la regulación de la cannabis no refleja cambios de fondo al documento presentado por comisiones del Senado en enero.

Si las comisiones legislativas de la Cámara alta aprobaran el dictamen, el porcentaje permitido de posesión para el consumo lúdico pasaría de 5 a 28 gramos, aunque se autorizaría una posesión de hasta 200 gramos, bajo penalización.

Los legisladores integrantes de las cuatro comisiones involucradas en la confección del dictamen recibieron el sábado el anteproyecto modificado para su eventual aprobación el miércoles próximo.

Julio Menchaca, presidente de la Comisión de Justicia, informó el pasado miércoles a los legisladores que en el transcurso de  la semana recibirían el dictamen definitivo, con cambios introducidos, sin embargo, según un senador involucrado, “no asoman cambios de fondo”.

“Tratándose de cannabis, sólo será sancionada penalmente la posesión cuando sea superior a 200 gramos, en cuyo caso la pena será de tres a seis años de prisión”, se lee en el documento, cuyas copias posee REFORMA.

En cambio, indica, si la posesión de mariguana es en una cantidad superior a los 28 gramos e inferior a los 200 gramos sólo será sancionada con multa.

“Respecto a los 28 gramos, se estima que es una cantidad prudente suficiente para su portación, en el entendido de que, para traer cantidades mayores, deberá entenderse que la cannabis no es para consumo personal, por lo que, para esos fines, deberá tramitarse la licencia que corresponda”, agrega.

El proyecto establece que si una persona está en posesión de más de 28 y hasta 200 gramos, sin las autorizaciones de las leyes para la Regulación de Cannabis y General de Salud, será remitida a la autoridad administrativa competente y se le impondrá una multa de 70 a 120 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

En el título segundo del texto –Del uso de cannabis y sus derivados– se señala que la mariguana estará permitida para fines recreativos, ya sea para el consumo propio o compartido entre quienes integren asociaciones de consumo psicoactivo.

Además, se autorizará para investigación, uso médico o farmacéutico, paliativo e industrial.

El artículo 13 del mismo título sostiene que queda permitido a personas mayores de edad consumir cannabis, siempre y cuando no se encuentre presente alguna persona menor de edad o cualquier otra imposibilitada para manifestar expresamente su consentimiento.

El tema del gramaje permitido, según fuentes legislativas, es uno de los que ha generado mayor disenso entre la mayoría de los ocho grupos parlamentarios. El del PAN está en contra de los 28 gramos.

En cambio, la prohibición para el consumo infantil suscita el mayor consenso, ya que el dictamen impide el empleo de niños y adolescentes en cualquier actividad relacionada con el uso de cannabis.

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