El Dólar
Compra:
$16.20
Venta:
$17.20

Urgen a aerolíneas dejar de cobrar equipaje de mano

Profeco pidió a las aerolíneas detener el cobro indebido en su tarifa por equipaje de mano, y evitar con ello acciones legales en su contra

Agencia Reforma

CIUDAD DE MÉXICO.- La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) requirió a Aeroméxico, VivaAerobús y Volaris que dejen de cobrar extra por equipaje de mano, y adelantó que, de persistir esa “práctica abusiva”, emprenderá acciones legales en su contra.

La Profeco señaló que se trata de un “cobro indebido” que las aerolíneas hacen en su tarifa.

Informó que, derivado de los monitoreos realizados por la Procuraduría a las páginas en internet de los proveedores mencionados, el pasado viernes 5 de noviembre se les requirió detener las “prácticas abusivas” consistentes en la comercialización de vuelos con tarifas que no incluyen el derecho a transportar equipaje de mano y establecer cargos adicionales por dicho equipaje.

Lo anterior, considera la Profeco, podría constituir una práctica que lesiona los intereses y derechos de los consumidores.

“Dicha práctica podría considerase abusiva, toda vez que el equipaje de mano resulta un elemento inherente al servicio de transportación aérea del pasajero, y su cobro como un servicio adicional es indebido, ya que el mismo no está sujeto a negociación”, explicó en un comunicado.

“Se advierte que Aeroméxico, VivaAerobús y Volaris podrían incurrir en prácticas comerciales abusivas que violan los derechos de los pasajeros reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Federal de Protección al Consumidor y la Ley de Aviación Civil”.

La Profeco subrayó que, bajo el apercibimiento que de no hacerlo, entre otras acciones, se emitirá una alerta y se iniciarán procedimientos por infracciones a la Ley.

El artículo 47 Bis de la Ley de Aviación Civil establece que el pasajero podrá llevar en cabina hasta dos piezas de equipaje de mano. Las dimensiones de cada una serán de hasta 55 centímetros de largo por 40 centímetros de ancho por 25 centímetros de alto, y el peso de ambas no deberá exceder los 10 kilogramos.

“En concordancia con el criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Profeco determina que el equipaje de mano se constituye como un elemento inherente al servicio de transporte aéreo, pues se parte de la consideración de que el pasajero requiere de ciertas pertenencias mínimas en su lugar de destino”, subrayó la dependencia.

“Para la Procuraduría, por ello, la decisión de transportar equipaje documentado recae en el pasajero, mientras que el transporte de equipaje de mano es inherente al servicio de transporte aéreo y le da su razón de ser”, acotó.

Concebido como una nueva plataforma tecnológica de impacto regional, Lider Web trasciende más allá de lo tradicional al no ser únicamente una nueva página de internet, sino más bien un portal con información al día que integra a los diferentes medios que conforman El Grande Editorial: Líder Web y Líder Tv

Contactanos:
Tel: (867) 711 2222
Email: editor.liderweb@gmail.com

Social

805 Follows