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Titubea Corte aval a cigarro electrónico

La Suprema Corte de Justicia podría abandonar su criterio de que es inconstitucional prohibir la venta de estos dispositivos de vapeo, sostenido repetidamente desde 2015

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia podría abandonar su criterio de que es inconstitucional prohibir la venta de cigarros electrónicos, sostenido repetidamente desde 2015.

La Segunda Sala de la Corte desechó hoy, con tres votos a favor y dos en contra, un proyecto que amparaba a la cadena Sanborns contra un artículo de la Ley General para el Control del Tabaco que prohibe totalmente los productos que, sin usar tabaco, son identificables con el mismo.

El proyecto, del Ministro Javier Láynez, retomaba lo que la misma Segunda Sala había sostenido por unanimidad en tres sentencias previas, la más reciente del pasado 2 de octubre, en las que se declaraba inconstitucional esta prohibición, ya que es incongruente prohibir lo que se parece al tabaco, pero no el tabaco mismo.

El expediente fue returnado al Ministro Luis María Aguilar –quien hasta hoy no se había pronunciado sobre el tema– para que presente un nuevo proyecto, y fuentes judiciales señalaron que aún no está definido si, eventualmente, el amparo a Sanborns será concedido o negado.

Pero el desechamiento indica que ya no existe la misma certeza que en los casos anteriores, en los que siete ministros distintos votaron por la inconstitucionalidad del artículo 16 de la Ley General.

Apenas el pasado 19 de febrero, el presidente Andrés Manuel López Obrador emitió un decreto para prohibir la importación a México de cigarros electrónicos, con lo que reforzó la prohibición de la ley, que solo se refiere a “comerciar, vender, distribuir, exhibir, promocionar o producir”.

Previamente, la Corte había sido categórica en que no hay razón para prohibir el cigarro electrónico mientras siga siendo legal el cigarro tradicional.

“Aun y cuando los cigarros electrónicos pudieran ocasionar un daño equiparable al que se genera con un cigarro convencional, tales circunstancias no justifican que se le dé un trato más restrictivo que a los productos de tabaco cuyo daño en la salud de las personas sí está plenamente probado”, decía el proyecto desechado hoy.

“Por el contrario, el supuesto planteado por la autoridad –que los cigarros electrónicos también pueden generar daños a la salud equiparables a los del cigarro convencional– confirma el hecho de que esos productos deben ser regulados de la misma forma en que se regulan los productos de tabaco”, agregaba.

Según el decreto del Ejecutivo, el veto a la importación se hizo necesario por los 2 mil 758 pacientes hospitalizados en Estados Unidos con enfermedad pulmonar grave, incluyendo 64 defunciones, asociados al uso de dispositivos de vapeo.

También se alegó que su uso se ha extendido entre jóvenes que nunca han fumado tabaco, y que no está probado que ayude a los fumadores de cigarros tradicionales a dejar su hábito.

El gobierno de Estados Unidos, sin embargo, no ha prohibido estos dispositivos, pese a amenazas del presidente Donald Trump de vetar los cigarros electrónicos saborizados.

Aún si Sanborns llega a ganar el amparo contra la ley, tendría que promover otro amparo para impugnar el decreto que prohíbe la importación.

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