NUEVO LEÓN.- En cumplimiento con la sentencia emitida por la Corte, el Congreso local reformó la Ley del Isssteleón para permitir que los esposos o concubinos de las trabajadoras puedan acceder también al servicio médico.
Esto debido a que la SCJN declaró invalido el artículo 3 de la Ley que establecía que los esposos o concubinos de las trabajadoras sólo podían ser beneficiarios si tenían 60 años, estaban incapacitados o dependían económicamente de la servidora pública, pensionada o jubilada, un candado que no aplica para los varones en una situación inversa.
El Congreso aprobó derogar este artículo y establecer un piso parejo para los servidores y servidoras públicas que se rigen por esta ley.
“En el resolutivo que se propone aprobar, se toman en cuenta los derechos de las servidoras públicas del Estado para nombrar beneficiarios de los servicios que presta el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Nuevo León, a sus cónyuges o concubinos, ello sin restricción, ya que con ellos se garantiza la igualdad.
“Igualmente se garantizan dichos derechos tratándose de cónyuges o concubinos cuando son del mismo sexo”, refiere el dictamen.
La reforma fue aprobada con 36 votos a favor, por mayoría de los presentes.