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Piden a Corte autorizar a menores cambio de género en actas

Según la CNDH, el candado de edad "contraviene el derecho a la igualdad y no discriminación, así como del libre desarrollo de la personalidad y de la identidad personal y sexual

Agencia Reforma

CIUDAD DE MÉXICO.- La CNDH quiere que los menores de edad puedan solicitar el cambio de su acta de nacimiento para que refleje la identidad de género que decidan adoptar.

La Ombudsperson Rosario Piedra pidió a la Suprema Corte de Justicia invalidar una reforma de febrero pasado al Código Civil de Sonora.

“Pueden pedir el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de la identidad de género, previa la anotación correspondiente en su acta de nacimiento primigenia, las personas mayores de edad que requieran el reconocimiento de su identidad de género”, refiere la reforma.

Según la CNDH, el candado de edad “contraviene el derecho a la igualdad y no discriminación, así como del libre desarrollo de la personalidad y de la identidad personal y sexual, en perjuicio de niñas, niños y adolescentes que deseen acceder a ese procedimiento registral”.

“La norma presupone que toda persona que no ha alcanzado la mayoría de edad es incapaz de definir su identidad de género autopercibida, que le permita acudir ante la instancia competente a solicitar la expedición de una nueva acta de nacimiento por haber discordancia entre el sexo con que se identifica y aquel que le fue legalmente asignado al nacer”, agrega la demanda.

La Corte nunca se ha pronunciado sobre este tema, que es motivo de debate en Congresos como el de la Ciudad de México y Oaxaca, donde se pretende permitir el cambio de actas desde los 12 años.

El Ministro Alfredo Gutiérrez admitió a trámite la demanda de la CNDH el 25 de marzo, y la Corte no tiene plazo para resolver, pero se requiere el voto de ocho de los 11 Ministros para invalidar el candado de la mayoría de edad.

En 2019, la Corte estableció que los registros civiles deben emitir nuevas actas de nacimiento reflejando la identidad de género del solicitante, sin tener que pasar por un procedimiento judicial, de manera confidencial y sin tener que acreditar que se sometió a alguna operación o tratamiento para modificar su sexo biológico.

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