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Restringiría SAT deducción de ISR

Eduardo Méndez Vital, consejero de la Barra Mexicana del Colegio de Abogados, explicó que existe la preocupación de que las empresas que opten por no retener el 6 por ciento del IVA a quienes les presten servicios, puedan tener una dificultad en su declaración anual del año 2020.

Agencia Reforma

CIUDAD DE MÉXICO.-Lo que más preocupa en el tema de la retención del 6 por ciento de IVA en la contratación de servicios no es la retención en sí, si no la posibilidad de que la empresa no pueda deducir luego el gasto para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR), de acuerdo con especialistas.

Eduardo Méndez Vital, consejero de la Barra Mexicana del Colegio de Abogados, explicó que existe la preocupación de que las empresas que opten por no retener el 6 por ciento del IVA a quienes les presten servicios, puedan tener una dificultad en su declaración anual del año 2020.

Esta problemática se presentaría si el Servicio de Administración Tributaria (SAT) reclama a la empresa no haber cumplido con la retención del 6 por ciento del IVA, y al no hacerlo, entonces no podría hacer deducibles en el pago del ISR, lo que implicaría un mayor pago de impuestos.

“Lo curioso es que nos estamos peleando por el dinero que le pertenece al fisco; si te doy todo el IVA y no te retengo, yo tengo el problema de que el día de mañana el SAT me va hacer pagar más, por no retener”, expuso Méndez Vital.

En la primera semana de enero, el SAT sorprendió a las personas morales y personas físicas con actividades empresariales al pedirles que retuvieran el 6 por ciento del IVA en la contratación de todo tipo de servicios, cuando lo que se esperaba era que tal disposición sólo aplicara en casos de outsourcing laboral.

El fiscalista José Luis Elizondo añadió que además de existir un impacto en el ISR al acotar su deducibilidad, también podría influir en que el IVA no llegue a ser acreditable.

“Debería haber una preocupación no sólo por el ISR, sino porque cuando el gasto no es deducible por alguna razón, aparte de tener un efecto en el ISR en la declaración anual, también hay un efecto negativo para en el mes en que corresponda la operación porque el contribuyente pudiera no acreditar el IVA”.

Los especialistas señalaron que aún se sigue esperando que el SAT corrija y que diga que la retención del 6 por ciento de IVA se aplique sólo para servicios de outsourcing.

Pero en el supuesto de que se quede el 6 por ciento de retención de IVA en servicios en general, además del outsourcing, impactaría en una serie de correcciones del Comprobante Fiscal Digital por Internet, para quien no la efectuó, entre otros.

La redacción del artículo 1.A de la Ley del IVA aplicada para este año causó confusión entre especialistas, al diferir de la iniciativa de sólo aplicarse para el outsourcing, y algunos han recomendado la retención del 6 por ciento, pese a no corresponder a servicios de ese tipo.

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