NUEVO LAREDO, TAM.- Del 1 al 15 de Septiembre, el uso del cubrebocas seguirá obligatorio tanto en espacios cerrados como abiertos en áreas públicas y privadas en Tamaulipas.
Lo anterior quedó establecido en el nuevo Decreto Estatal para la Reapertura Gradual y Segura, donde indica que todos los municipios continúan en Fase II.
En cuanto a los horarios y restricciones de apertura, no hubo cambios, quedando igual que como se ha venido realizando también desde hace meses:
Transporte Público sigue con capacidad de pasajeros al 90 %.
El filtro sanitario en entradas de los establecimientos es opcional. Pero, se decreta la disposición de gel en los accesos.
En cuanto a playas, su capacidad se mantiene al 90%.
Mientras que las iglesias en Tamaulipas seguirán sin restricciones de capacidad y solo deberán observar protocolos de sanidad como el uso de cubrebocas.
Los cines se mantienen al 90 % por sala. Mientras que salones de eventos, palapas, jardines y albercas, no tienen restricción de horario y su capacidad es al 90 %.
Teatros, museos, circos y juegos mecánicos infantiles semifijos, seguirán al 90 % de su capacidad.
Centros de espectáculos, tabernas, cabarets, centros nocturnos, discotecas, ferias, conciertos y shows mantendrán capacidad del 90 % y sin restricción de horario.
Mientras que billares, cantinas, cervecerías y bares, continúan con capacidad al 90 %. Tampoco tienen restricción de horario.
Por otro lado, los eventos masivos abiertos no tienen restricciones.
Capacidad de instalación de tianguistas al 90 %. La misma medida aplica para puestos fijos y semifijos. En estos tres segmentos, la capacidad de visitantes es del 90 %.
Servicios culturales, deportivos y extracurriculares siguen al 90 % de capacidad.
Los gimnasios también seguirán al 90 %. Las actividades al aire libre como son los estadios, siguen una quincena más al 90 % de su capacidad. Lo mismo que las actividades deportivas en espacios cerrados.
Los establecimientos con venta de alimentos preparados semifijos y ambulantes continúan al 90 %.
En cuanto a restaurantes y servicios de preparación de alimentos con bebidas, su capacidad es del 90 %.
Servicios profesionales, científicos y técnicos, como son encuestas, consultoría y video grabación entre otros, permanecen al 90 % de capacidad.
Mientras que servicios inmobiliarios y de alquiler de bienes muebles, servicios de asistencia social y salones de belleza, barberías, estéticas, peluquerías y salones de manicure y pedicure, continuarán al 90 % de capacidad sin restricción de horario.
Otros como industria manufacturera no esencial seguirá al 95 % de capacidad laboral.
Hoteles y servicios de alojamiento temporal seguirá al 90 %, incluyendo áreas lúdicas y restaurantes.
Guarderías subrogadas institucionales y privadas, permanecerán al 90 % de capacidad. Lo mismo que corporativos y servicios de apoyo a los negocios.
Mientras que comercio al por menor en tiendas de autoservicio, sigue con el 90 % de su capacidad, con venta de alcohol lunes a domingo hasta las cero horas. Lo mismo aplica para Comercio al por menor en tiendas departamentales y plazas comerciales, así como en Comercio al pormenor de productos textiles, bisutería, accesorios de vestir y calzado, capacidad al 90%.
También conserva su capacidad del 90 %, lo siguiente: Comercio en general aplicable a mercerías, librerías, tiendas de juego, tlapalerías y venta de pintura, venta de telas, paleterías, neverías, dulcerías. Comercio al por menor de enseres domésticos, artículos para la decoración de interiores y artículos usados.
Además, comercio al por menor de abarrotes, alimentos, bebidas, hielo y tabaco para el esparcimiento y otros artículos de uso personal no tienen restricciones de horario y la venta de alcohol es de lunes a domingo hasta las cero horas. Lo mismo aplica para los depósitos.
Centrales de abasto, bancos y bibliotecas, tienen capacidad del 90 %, para la siguiente quincena.
En cuanto a los panteones municipales, no hay restricción de horario y se tiene una capacidad al 90 %.